LA TUTELA VOLUNTARIA
Previa
a una eventual incapacidad mental de una persona natural la ley puertorriqueña
nos permite escogerle un tutor mediante escritura pública.
Ley
Núm. 308 del 28 de diciembre de 2012 la cual enmienda el Art. 172 del Código
Civil , añadiendo un segundo párrafo a los fines de establecer la figura
llamada la Tutela voluntaria.
Los
fundamentos para establecer esta nueva figura civil han sido que ha ocurrido un
aumento significativo en la expectativa de vida de los seres humanos en Puerto
Rico. Además el proceso natural degenerativo del cuerpo y de la mente de la
generación actual, es mayor que el de generaciones anteriores. Las enfermedades
mentales tales como: la demencia senil o “Alzheimer”, han ido en aumento y
éstas pueden impedir que una persona funcione diariamente por sí mismo. De
igual forma, existen otras condiciones de salud que pueden conllevar a que una
persona quede incapacitada mentalmente para poder gobernarse diariamente.
Hasta
la llegada de la nueva enmienda, había que esperar que una persona sufriera la
incapacidad y sus consecuencias, sin poder atender sus preferencias, intereses
o afectos, y su familia o parientes más cercanos tenían que solicitar un
régimen de protección ante el Tribunal
de primera Instancia y el Juez, debia designarlo con base a los requisites
establecidos por el Código Civil de Puerto Rico.
Dicha
situación hizo que se analizara la posibilidad de permitir que cualquier
persona pudiera prever la regulación de diversos aspectos de su existencia
mediante un acto voluntario, al poder escoger su tutor, antes de llegar a una
incapacidad que evitara el estado de comunicarse y gobernarse por sí mismo.
El
legislador determinó en su razonamiento que no existe otra persona con mejores
elementos de juicio que el propio interesado para hacer la designación de un
tutor. La Tutela Voluntaria permite que una persona, estando en el uso de sus
plenas facultades, pueda disponer de su persona y de sus bienes, previendo para
su retiro de la vida activa de la mejor manera. La figura civil de la Tutela
Voluntaria generará una mayor seguridad jurídica y protección para las personas
que comprenden que sus capacidades físicas y mentales puedan llegar a disminuir
notablemente.
